Importante: El Precio Estacional Sancionado promedio a partir del mes de octubre de 2009 vuelve a ser el correspondiente a la Res SE 1169.El mismo se había corregido (disminuyó) para los meses de junio, julio, agosto y septiembre adecuándose a las Resoluciones SE 652 y SE 669. Previamente se había incrementado en función de lo definido en la Res 1169, pasando de 49 a 58 $/MWh. Ver: LA SECRETARIA DE ENERGÍA, REGLAMENTA LA DISMINUCIÓN DE SUBSIDIOS. Mediante el contenido de la Nota SE Nº 287/08 y sucesivas, la Secretaria de Energía trata de inducir a los Usuarios, cuya potencia es igual o superior al 300 KW, pasen a comprar su energía (Demanda Base) en el MEM, ya sea directamente un Generador o mediante el Distribuidor, actuando este por cuenta y orden del Usuario.
El precio spot monómico de la energía (potencia + energía) en el Mercado Mayorista en Agosto 2011 decreció ligeramente respecto del mes anterior. Comparado con julio del año 2010 es un 48,5 % superior.
La demanda de energía del mes de Agosto de 2011 continúa con la tendencia de los meses anteriores, teniendo un crecimiento de: + 5,9 %, respecto al mismo mes del año anterior.
El pico de potencia de Agosto creció un + 3,5 % respecto del mismo mes del año anterior estableciendo un nuevo record histórico de potencia generada en pico con 21.564 MW (04/07/11).
Para preservar las reservas hidráulicas en función de la demanda se despacharon todos los ciclos combinados y todas las turbinas de vapor disponibles con gas, carbón y fuel oíl, sumado a generación forzada por requerimientos locales, quedando algunas turbinas de vapor y de gas disponibles fuera de servicio por cupo de gas natural.
El aporte por fuente se distribuyó del siguiente modo; generación térmica 59,7%, hidroeléctrica 34,1% nuclear el 6,2%. Respecto a la generación de fuentes alternativas (eólicas y fotovoltaicas) no se tienen registros. La importación representó el 5,8% de la demanda total.
La oferta de la central nuclear Embalse continúa reducida al 80% de su capacidad dado que se prepara para la parada correspondiente a la extensión de su vida útil.
Aquellos usuarios que pagan excedentes por consumir por encima de su Demanda Base (2005) deben tener en cuenta que la Secretaria de Energía estableció a partir de agosto de 2011 los topes en 325 $/MWh para los GUMA/GUME y 455 $/MWh para los GUDI’s.
Ver notas relacionadas: Precios del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) y Tarifas a Usuarios (
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Valorización de los Excedentes sobre la Demanda Base (
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Se están Facturando los Excedentes sobre la Demanda Base (
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Los Usuarios cuya demanda de potencia esta por debajo de 300 KW pagan solamente el precio sancionado.
Fuente gráfico: CAMMESA