Ley Nº 2603. Ciudad de Buenos Aires (B.O. 9/01/08). Creación de la AGIP.

18/02/2008
Se crea en el ámbito del Ministerio de Hacienda del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP), como ente de administración y gestión del Sistema Estadístico y Tributario del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de acuerdo con las políticas y normas vigentes. Se suprime la Dirección General de Rentas, la Dirección General de Estadísticas y Censos y la Dirección General de Análisis Fiscal, transfiriéndose sus responsabilidades primarias, patrimonio, presupuesto y recursos humanos con sus respectivos niveles y grados escalafonarios vigentes a la fecha de sanción de la presente ley. Todas las referencias que otras normas legales y reglamentarias vigentes hagan a la Dirección General de Rentas, a la Dirección General de Estadísticas y Censos, y la Dirección General de Análisis Fiscal, sus competencias o sus autoridades, se considerarán hechas a la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos. Se establece su estructura, composición del patrimonio, funciones, atribuciones y deberes. Se derogan los artículos 3°, 7°, 8°, 112°, y el inciso 19 del artículo 4° del Código Fiscal año 2007. Asimismo, se sustituye el artículo 15° y se modifica el artículo 9° de la Ley 1218.
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