El pasado 13 de mayo, en la reunión de la Comisión Administradora del Acuerdo de Complementación Económica Nº 35 (Mercosur – Chile) se aprobó la Res. MCS –CH Nº 02/08, que modifica al Art. 12 del citado Acuerdo.
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En la misma Chile solicitó suprimir los listados bilaterales de la negociación e incluir la totalidad de los productos elaborados y provenientes de zonas francas en el mencionado Acuerdo.
La UIA expresó en reiteradas oportunidades los términos de la Dec. CMC 8/94 considerando fuera de los beneficios de desgravaciones arancelarias a los productos originarios de zonas francas.
Se recomienda a los socios que nos hagan conocer su opinión, la través del Departamento de Comercio y Negociaciones Internacionales al siguiente mail:
comercio@uia.org.ar., en relación con esas negociaciones en el ámbito del ACE Nº 35, en general y, en particular, si tienen conocimiento de productos que originados o producidos en esa Zona Franca pueda afectar la producción local.