DISMINUYEN LOS SUBSIDIOS A LOS USUARIOS DEL SECTOR ELECTRICO CON MAYOR CONSUMO Y PODER ADQUISITIVO.

El MINPLAN anunció el día 31/10/08 (*), que al efecto de seguir profundizando la política nacional de redistribución del ingreso, una parte de los usuarios que reciben el servicio completo del Distribuidor, verán incrementado su costo eléctrico como consecuencia de la reducción de subsidios por un monto de $ 807 Millones/año.

04/11/2008
El MINPLAN anunció el día 31/10/08 (*), que al efecto de seguir profundizando la política nacional de redistribución del ingreso, una parte de los usuarios que reciben el servicio completo del Distribuidor, verán incrementado su costo eléctrico como consecuencia de la reducción de subsidios por un monto de $ 807 Millones/año. (*) Presentación realizada por el Sr. Ministro de PFIPYS, Arq. Julio De Vido REDUCCIÓN DE SUBSIDIOS click aquí
La disminución del subsidio se vera reflejado en el incremento del Precio Sancionado de la Energía en el MEM, ver EVOLUCION DEL COSTO DE LA ENERGIA EN EL MERCADO SPOT VS. PRECIO SANCIONADO.
El Precio Sancionado es definido por la Secretaria de Energía al efecto de que la distribuidora lo traslade en su justa medida (pass trougth) a su cliente. Este valor hoy esta segmentado por tipo de usuario:
- Más de 300 KW: 70 $/MWh - Entre 10 y 300 KW: 70 $/MWh - Residenciales menos de 10 KW: 31 $/MWh.
Su valor promedio es de 50 $/MWh
Como se puede apreciar dicho valor difiere del precio monómico del mercado dado que para lo que va del año 2.008, el promedio es de 145,86 $/MWh, ver SINTESIS del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) de septiembre de 2008,sin embargo si toma el costo marginal promedio operado durante el año 2007, la diferencia es aún mayor: 248,4 $/MWh.
Ver PRECIOS DEL MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) Y TARIFAS A USUARIOS.
Ante este panorama el MINPLAN anunció que incrementará el Precio Sancionado a cierto tipo de usuarios quedando excluidos:
-92% de los hogares. -96% de los comercios. -98% de las industrias que son abastecidas por las distribuidoras de energía eléctrica. -Alumbrado público. -Electrodependientes (todos los hogares de bajos recursos que dependen exclusivamente del suministro eléctrico).
A ello se deben agregar los Grandes Usuarios (GUMA, GUME y GUPA), que compran su energía directamente en el MEM.
Por lo tanto los usuarios alcanzados por el incremento del Precio Sancionado y que será retroactivo al 1 de octubre, serán: - 8% de la demanda Residencial (750.000) a partir de 1.000 KWh/Bim y escalonado. Incremento Podrá llegar al 50 %. Variable con la demanda y ubicación geográfica. - 4% de los Comercios (44.000). Incremento 7% - 2% de las Industrias (2.700). Una parte de la totalidad de los GUDI’s Incremento 14%
El alcance será a nivel nacional y aun falta su reglamentación.
Otro punto importante dentro del anuncio realizado por el MINPLAN, es que se modificará el PUREE, (Programa de Uso Racional y Eficiente de la Energía Eléctrica), lanzado en el 2005. EL PUREE premia al que disminuye su demanda y castiga al que la incrementa. Toma como línea de base el 90% de la demanda del usuario en el año 2.004.
Continuarán recibiendo premios solamente aquellas industrias que demuestren ante el ENRE que han implementado una política de uso eficiente de energía, vale decir, han hecho una optimización de consumo.
El alcance será a nivel de EDENOR, EDESUR y EDELAP. Aun falta su reglamentación.

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